En ocasiones, la formación puede abrir la puerta a la regularización. El arraigo socioformativo es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que permite a personas extranjeras en situación irregular iniciar un nuevo camino a través del compromiso con la educación y la integración social.


¿Qué es el arraigo socioformativo?

Es una autorización de residencia de un año para personas extranjeras que:

  • Hayan permanecido de forma continuada en España durante al menos dos años.
  • Estén matriculadas o comprometidas a realizar una formación.
  • Acrediten su integración social mediante un informe emitido por la Comunidad Autónoma.

¿Qué tipo de formación es válida?

  • Estudios de educación secundaria postobligatoria.
  • Formación profesional de grado C, niveles 1, 2 o 3.
  • Educación de personas adultas (enseñanza obligatoria).
  • Formaciones promovidas por el Servicio Público de Empleo, orientadas a ocupaciones de difícil cobertura.

✉️ La matriculación debe acreditarse en un plazo máximo de tres meses desde que se concede la autorización.


Requisitos principales

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • No estar en trámite de asilo.
  • No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
  • Permanencia en España de forma continuada durante al menos 2 años (con ausencias máximas de 90 días).
  • Presentar el informe de integración social.
  • Comprometerse a la realización de una formación habilitante.
  • Abonar la tasa administrativa (modelo 790, código 052).

Documentación necesaria

  • Formulario oficial EX-10.
  • Pasaporte completo en vigor.
  • Justificantes que acrediten tu permanencia en España (empadronamiento, informes médicos, etc.).
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen y otros países de residencia.
  • Informe de esfuerzo de integración.
  • Compromiso de realizar la formación (por escrito o en la solicitud).
  • Traducciones juradas y legalizaciones o apostillas, si procede.

Procedimiento

  • Presentación: presencialmente o por vía telemática (Mercurio) en la Oficina de Extranjería.
  • Si hay un plazo oficial de matrícula, debes presentar la solicitud en los dos meses anteriores al inicio del plazo.
  • La resolución puede tardar hasta 3 meses.
  • Si no se resuelve en ese plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo.

Una vez concedida la autorización, debes matricularte en los 3 meses siguientes.


Vigencia y prórroga

  • La autorización inicial es por un año.
  • Puede prorrogarse si se acredita:
    • Haber sido promovido al siguiente curso (en caso de ciclos).
    • Haber finalizado la formación, obtenido el título o certificado.
    • Estar inscrito como demandante de empleo.

Lo que significa este arraigo

El arraigo socioformativo es una herramienta que une educación, esfuerzo personal y voluntad de integrarse. No se trata solo de regularizar una situación, sino de construir un proyecto de vida en España.

Si estás dispuesto a formarte, dar un paso adelante y demostrar tu compromiso, esta puede ser una gran oportunidad.

Nuestro despacho cree en el poder transformador del aprendizaje y estamos aquí para compartir esta información contigo. Si decides emprender el camino por tu cuenta, esperamos que esta guía te sea de ayuda. Y si en algún momento necesitas apoyo, puedes contar con nosotros.

 

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