Sabemos que no todos los caminos formativos pasan por la universidad. Muchas personas extranjeras vienen a España con la ilusión de aprender el idioma, preparar exámenes sanitarios, obtener habilitaciones técnicas o participar en programas como auxiliares de conversación. Para todas ellas existe una autorización específica que permite permanecer legalmente en el país durante más de 90 días.


¿Para qué sirve esta autorización?

Permite realizar las siguientes actividades formativas:

  • Ser auxiliar de conversación en centros educativos oficiales.
  • Aprender español o lenguas cooficiales en centros acreditados (no siendo tu lengua materna).
  • Realizar cursos de preparación para las pruebas de acceso a plazas MIR, FIR, EIR, etc.
  • Obtener certificaciones técnicas o habilitaciones profesionales.
  • Realizar formación profesional grado C (niveles 2 y 3), de forma completa y presencial.

Requisitos generales

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • No estar en situación irregular en España.
  • No suponer una amenaza para la salud o seguridad pública.
  • Disponer de medios económicos suficientes (100% del IPREM mensual).
  • Contar con un seguro médico privado.
  • No tener antecedentes penales (si la estancia es superior a 6 meses).
  • Haber sido admitido en el centro de formación y pagado la matrícula.
  • Tener más de 18 años.
  • Presentar la solicitud al menos dos meses antes del inicio de la formación.

Documentos que necesitas

  • Pasaporte con vigencia mínima de un año.
  • Carta de admisión y justificante de matrícula.
  • Seguro médico con cobertura integral.
  • Justificación de medios económicos.
  • Certificado médico.
  • Certificado de antecedentes penales (si aplica).
  • Traducción jurada y legalización de documentos extranjeros.
  • Justificante del pago de la tasa administrativa.

¿Cómo y dónde se solicita?

Desde fuera de España:

  • En el Consulado o Embajada de España de tu país.
  • Debes recoger el visado en un plazo de 2 meses desde su concesión.
  • Si tu formación dura más de 6 meses, deberás solicitar la TIE al llegar.

Desde España:

  • Solo si ya estás en situación de residencia y la formación es habilitante o profesional.
  • Puedes presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería o por vía telemática.

Acceso al trabajo

  • Puedes trabajar hasta 30 horas semanales si la actividad es compatible con la formación.
  • Puedes hacer prácticas integradas en el plan de estudios sin trámites adicionales.
  • Puedes ser autorizado para trabajar por cuenta ajena o propia si cumples con los requisitos legales.

La vigencia de la autorización para trabajar estará vinculada a la autorización de estancia.


Prórroga de la autorización

Puedes solicitar una prórroga una sola vez, si sigues cursando la misma actividad formativa.

La solicitud debe hacerse electrónicamente y con la documentación que justifique que continúas en el programa, que tienes medios económicos y seguro médico, y que has abonado la nueva matrícula.


Un camino para crecer

Si estás pensando en venir a España a aprender, a prepararte o a completar tu formación profesional, esta autorización puede abrirte muchas puertas.

Está pensada para facilitar el acceso a nuevas oportunidades, y puede gestionarse sin necesidad de intermediarios. Pero si en algún momento necesitas orientación o resolver una duda específica, estaremos encantados de escucharte.

Porque creemos en compartir el conocimiento, y en que las decisiones importantes merecen estar acompañadas.

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