Es la renovación de la autorización de residencia no lucrativa.

REQUISITOS

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Ser titular de una autorización de residencia temporal no lucrativa en vigor o hallarse dentro del plazo de noventa días naturales posteriores a la caducidad de ésta.
  • Tener los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso y, en su caso, los de sus familiares, de acuerdo con las siguientes cuantías mínimas mensuales:
    • Para su sostenimiento el 400% del IPREM.
    • Para el sostenimiento de cada uno de sus familiares, el 100% del IPREM.
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad concertado con una Entidad aseguradora autorizada para operar en España.
  • Tener escolarizados a los menores a su cargo en edad de escolarización obligatoria durante la permanencia de éstos en España.
  • Haber abonado la tasa por tramitación de los procedimientos.

Autorizaciones